Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el abogado Greomir Ignacio Marin Yanes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.801, actuando en representación propia, asistido por la abogada Dilia Duque de Arellano, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 91.768, contra el Acto Administrativo contenido en la Comunicación N° DG-272-10, de fecha 17 de Agosto de 2010 emanada de la Dirección General del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, este Órgano Jurisdiccional lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 98 y 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Procédase a la citación de la Procuradora General de la República, a fin de dar contestación a la presente querella en un lapso de Quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de la fecha e.....