este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte actora en el presente juicio, las cuales se desprenden de instrumento poder en copia consignada al folio 5 al 7 de autos, le imparte la HOMOLOGACION a dicho DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los mismos términos expuestos por la representación judicial de la parte actora, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte demandante LEONARDO VALERO. - Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard.....