DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la abogada MARIA JOSE RONDON PIÑERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 127.431 en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos, JUAN RAMON NAVARRETE MONASTERIO y ADRIANA DE NAZARET LANDER OSIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.254.649 y 6.918.706, respectivamente, SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 04 de Mayo de 2001, por ante el Tribunal Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de acta N° 31, folio 422 y su vto, año 2001.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios d.....