es por que este Tribunal en uso de las atribuciones legales que le confiere la Ley acuerda PRIMERO: Este Tribunal, considera tal y como lo han señalado la Fiscal del Ministerio Público, que la medida que ha venido cumpliendo el joven (IDENTIDAD OMITIDA), ha cumplido sus objetivos, por cuanto de una manera u otro tiene una conducta acorde a su capacidad de entender todo la situación que le ha tocado vivir por cuestiones del destino, por cuanto en ningún momento ha mostrado o asumido un comportamiento de resentimiento u hostilidad ante su permanencia en el centro, salvo con escasas oportunidades, pero debido a situación muy específicas que sería normal y justificable en este caso por tanta represión y negación que ha tenido en su vida. En tal sentido, este Juzgador concuerda con el Ministerio Público, en el entendido, que no están dadas las condiciones para sustituirle la medida de privación de libertad por otra menos gravosa e inmediata, que sería para el caso de marras, la medida de se.....