Se declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la solicitud que por DIVORCIO 185-A-, siguen los ciudadanos DEYSI ELOIZA DURAN y CANTALICIO DE JESUS GIL ARTIGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.353.767 y 4.061.368, respectivamente, domiciliada la primera len la Calle Monagas, entre Vargas y Jacobo Curiel, casa sin número, Municipio Torres, Estado Lara.