Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 02 de noviembre de 2012 (F.36), por el abogado Emilio Martínez Lozada, apoderado actor, contra el auto dictado en fecha 23 de octubre de 2012, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se declara la NULIDAD del referido auto (23/10/2012), que cursa en copia debidamente certificada a los folios 20 y 21, del presente expediente de apelación.
SEGUNDO: Como consecuencia de todo lo expuesto a lo largo del presente fallo, SE REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado que el Juzgado Octav.....