-DISPOSITIVO-
PRIMERO: En resumen, considera ésta Juzgadora, que lo ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de diciembre de 2014, por el abogado RAMON IGNACIO GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida en fecha 10 de octubre de 2014 por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar la demanda, ordenando la entrega del inmueble de autos a la parte actora, y asimismo, condenó a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,oo) por concepto de gastos de condominio, así como al pago de las costas del proceso.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano JOSE MANUEL CARRASCOSA DE MENA, contra la ciudadana IRAMA JOSEFINA BORGES, fundada en el ya derogado artículo 34 literal "f", en lo relativo a "Qu.....