De manera que de las pruebas acompañadas por la actora, luego de realizar un examen preliminar y a los fines únicamente cautelares, no demuestran la presunción grave del derecho que se reclama para el decreto de las medidas cautelares solicitadas, ya que no son instrumentos que en esta etapa del proceso puedan considerarse fehacientes para demostrar preliminar y a los fines cautelares, el derecho que se reclama, dada la naturaleza de tales documentales. Así se declara.-
Adicionalmente, a juicio de este Tribunal, la demandante no justificó ni acompañó ningún elemento probatorio para evidenciar la condición relativa al peligro de que quede ilusoria la efectividad de la sentencia esperada, ya que no se evidencia de las pruebas acompañadas la existencia de dicho temor, por lo que debió haber consignado con el libelo de la demanda, una prueba fehaciente del referido peligro inminente o justificarlo a través de alegatos convincentes que llevaran a la convicción de este juzgador, que dicho.....