declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en la querella interpuesta por la ciudadana AURA INÉS LÓPEZ MILLÁN, portadora de la cédula de identidad Nro. 2.142.101, debidamente asistida por los abogados JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, ISABEL PÉREZ RODRÍGUEZ, JANINE PALACIOS GONZÁLEZ y JORGE DAVID BRAZÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 26.495, 112.009, 103.216 y 130, contra los actos administrativos Circular N° 01059-11 de fecha 01 de noviembre de 2011, emanada de la Subsecretaria de Educación del Gobierno del Distrito Capital y Punto de Cuenta N° 108-6, acto de trámite de fecha 15 de febrero de 2011, los cuales no fueron publicados en Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Capital ni notificados personalmente a ningún educador activo, ni jubilado.