En virtud de lo anteriormente transcrito, este Juzgado señala que de acuerdo a Couture, la garantía del debido proceso incluye la garantía de comunicación, que consiste en la efectiva posibilidad de que el demandado tenga conocimiento del juicio instaurado en su contra, para poder ejercer su defensa. Tal propósito se logra en principio, con la citación personal del demandado. Por ello debe agotarse dicha citación, antes de que se puede proceder a la citación por carteles.
En consecuencia, dado que de la exposición del Alguacil, en lo señaló que no pudo localizar el inmueble ubicado en Parroquia Altagracia, Esquinas de Paraíso y de Poleo a Ceiba, Residencias Taurus 3, Piso Nº 7, Apartamento Nº 97, y siendo que el Tribunal en fecha 24 de noviembre de 2009, libró Cartel de Citación a la parte demandada, conforme a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, a petición de la parte actora, es por lo a los fines de evitar dilaciones y legislar en pro de la cel.....