En fuerzas de las anteriores consideraciones, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda que presentó Rosaura Terán Lozano contra Edison José Pacheco Rodríguez, ambas partes arriba identificadas. En consecuencia, adopta las siguientes resoluciones:
1. Declara extinguido el contrato o relación de arrendamiento existente entre las partes del presente juicio.
2. Consecuencialmente condena a la parte demandada, como arrendataria, a que desocupe el apartamento alquilado, arriba identificado que se da aquí por reproducido, y se lo entregue a la parte actora, de conformidad con el art. 1594 del Código Civil.
3. Se le concede a la parte demandada un plazo de seis meses para la entrega, a contar de la notificación que se le deberá hacer de la sentencia definitivamente firme, de conformidad con el parágrafo primero del art. 34 del decreto ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
4. Se le condena a las costas del juici.....