Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvió en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN LUIS GONZÁLEZ TAGAURUCO, Abogado en ejercicio, en su condición de Defensor del ciudadano ROBERTO LAMARCA GABRIELE, con fundamento en el artículo 109 numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, contra la sentencia dictada en audiencia oral en fecha 01 de Agosto del 2011, y publicada en fecha 07 de noviembre del 2011, por el Juzga.....