V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15.11.2010 (f.124), por el abogado Agustín Bracho Ramírez, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano MARTIN PEREZ GARBI, contra la sentencia definitiva del 08.11.2010 (f.117), proferida por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declara con lugar la demanda de restitución de comodato verbal que interpuso la ciudadana EVA ANDRÉS BRACCINI contra el ciudadano MARTÍN PÉREZ GARBI, disuelto el contrato verbal de comodato y condena a la parte demandada a que restituya el inmueble, condenándole en costas.
SEGUNDO: LA NULIDAD de lo actuado con posterioridad al.....