PRESCRITA LA ACCION que por DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO incoara el ciudadano ALI ANDRADE, contra la sociedad mercantil LA ORIENTAL DE SEGUROS C.A., ello en de conformidad con el artículo 134 de Decreto con rango y fuerza de Ley de Tránsito Terrestre, toda vez que sin bien es cierto que la ocurrencia del accidente fue el 16 de diciembre de 2002 y que el 15 de julio de 2003 comparecieron por ante la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS tanto la parte actora como la co-demandada sociedad mercantil LA ORIENTAL DE SEGUROS C.A., siendo que con dicha actuación se verificó el supuesto contenido en el artículo 1973 del Código Civil, sin embargo desde esa fecha 15 de julio de 2003 exclusive, comenzó a transcurrir nuevamente el lapso de doce (12) meses ante señalado, dentro del cual la parte demandante tenia la carga de interrumpir la prescripción a que se refiere la norma contenida en el artículo 134 de Ley de Tránsito Terrestre, siendo que no consta en autos prueba alguna que.....