III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana MARISELA GONZALEZ PIÑA, asistida por el abogado GUILLERMO CASTILLO CABRERA, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre la solicitante y el ciudadano Nelson Rafael Rodríguez Velásquez, el día 26 de marzo de 1980, por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui, cuya acta quedó inserta bajo el N° 70, del Libro de Registro Civil de Matrimonios.-
TERCERO: Líbrense oficios la Primera Autoridad Civil del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui y al Registro Principal del Estado Anzoátegui, anexándole.....