Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
1º Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en el Decreto Nº 000715, de fecha 8 de julio de 2008, dictado por la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Metropolitano de Caracas Nº 00274, de la misma fecha, mediante el cual se declaró la adquisición forzosa del inmueble denominado "EDIFICIO MARAMA", ubicado en la Urbanización San Bernardino, Sección El Paraíso, Manzana letra P.A., Parroquia San Bernardino, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, solicitada por los abogados RAIMUNDO ORTA POLEO, RICARDO BARONI y CARLOS CALANCHE BOGADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.982; 49.220 y 105.148, respectivamente, actuando en s.....