"(...) Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara LA INDAMISIBILIDAD DE LA DEMANDA incoada por los ciudadanos CLAUDIO EPALZA, EDWARD RONEL TORRES MIJARES, EDGAR ALFONZO SOLORZANO, ANDRUS ISAAC BLANCO, JOSE RAFAEL APONTE y OTROS, en contra de la CORPORACION DE COMERCIO EXTERIOR (CORPOVEX).-(...)"