IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 12.06.2006 (f. 05), por el abogado Hugo Dam Suárez, en su carácter de apoderado judicial de la entidad mercantil REPRESENTACIONES INCKAR C.A, parte actora, contra el auto de fecha 09.06.2006 (f. 01), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la medida preventiva de embargo solicitada por la parte actora.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de Embargo solicitada por la parte actora, REPRESENTACIONES HINCKAR C.A, sobre los haberes o bienes de la compañía S.I.G. SISTEMA DE INFORMACIÓN GERENCIAL, C.A.....