éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue COMERCIALIZADORA RUS, C.A., contra RODRIGO RAFAEL MEDINA RODRIGUEZ, anteriormente identificados, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: Se designa un Veedor Judicial, cuya obligación será ejercer funciones de supervisión, control y vigilancia de la Sociedad mercantil FRIGORIFICO INDUSTRIAL ORIENTE, C.A., mientras dure el presente juicio o así lo acuerde este Juzgado, pudiendo dicha empresa ejercer normalmente sus funciones y/o administración conforme a sus Estatutos; sin embargo, estará bajo la vigilancia del veedor judicial que se designa al.....