en consecuencia este Juzgado Segundo de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 646 y 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda: Primero: Agregar a los autos la citada diligencia. Segundo: fijar Audiencia de Revisión de Medida para el día 22-11-2006, a las 10:00, horas de la mañana, así mismo se acuerda notificar a las partes a los fines de que estén presentes en la referida audiencia. Tercero: se oficie a la Casa de Reeducación y Rehabilitación e Internado Judicial El Paraíso, a los fines de que realicen el traslado del adolescente de autos a la sede de este Juzgado. Cuarto: Igualmente se acuerda citar al ciudadano OMITIR IDENTIDAD, a los fines de que comparezca por ante este Despacho el día 22-11-2006, para levantar acta de Compromiso, en cuanto a la oferta de Trabajo. Quinto: En cuanto a la solicitud realizada en diligencia inserta al folio cincuenta y tres del presente expediente, no se provee por cuanto en fecha 1.....