se ordena la intimación de la parte demandada sociedad mercantil VENEQUIP MEDICAL C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy distrito capital) y Estado Miranda en fecha 24 de Octubre de 2003, bajo el N°24, Tomo 859-A-VII, en el nombre de su Presidente la ciudadana Mariela Beatriz Rivero Davila, venezolana, mayor de edad, de estado civil divorciada y de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-7.970.095 y en su propio nombre en carácter de fiadora solidaria y principal pagadora, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los (10) diez días de Despacho siguientes a la constancia en autos de la última de las intimaciones que de los demandados se haga, dentro de las horas comprendidas a despachar por este Juzgado. con el objeto de que pague, acredite haber pagado o formule oposición y no habida oposición se procederá a la ejecución forzosa de las cantidades que a c.....