Decisiones del dia 09/12/2008
N° Expediente :
1239-00
N° Sentencia :
Fecha: 09/12/2008
Procedimiento: Dañosy Perjuicios Materiales Y Moral
Partes: ANTONIO JOSE MOLINA ATASLOA VS BANCO DE VENEZUELA S.A. BANCO UNIVERSAL
Resumen:
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la ciudad de Caracas, en régimen de transición, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión que por DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y MORALES ha incoado el ciudadano ANTONIO JOSE MOLINA ATASLOA, contra la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, ampliamente identificados al inicio de este fallo, DECLARA:
PRIMERO: SUBSANADA la Cuestión Previa contenida en el ordinal 6to del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el ordinal 5to del artículo 340 ejusdem.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 6to del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil por defecto de forma de la demanda por no haberse llenado en el libelo los requisitos que indica el artículo 340 ejusdem en relació.....
Juez/Ponente:
Carolina Garcia
Organo:
Juzgado Noveno Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AP51-S-2008-020718
N° Sentencia :
PJ0292008001310
Fecha: 09/12/2008
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención
Partes: JORGE OMAR VERA PEÑA Y YELITZA LOURDES OROPEZA DIAZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 6.433.418 Y V- 13.884.362, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
En consecuencia, esta Sala de Juicio LA ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente convenimiento de obligación de manutención, en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para que sea entregada a las partes, una vez consignen los respectivos fotostatos.- Cúmplase.-
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2008-020634
N° Sentencia :
PJ0292008001307
Fecha: 09/12/2008
Procedimiento: Homologación Obligación De Manutención
Partes: MILOSKARIE ULLOQUE CHACIN Y ARVIN ANTONIO RODRIGUEZ ARGUELLO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V- 6.433.418 Y V- 13.884.362, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
En consecuencia, esta Sala de Juicio LA ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente convenimiento de obligación de manutención, en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección al Niño y al Adolescente. Expídase por secretaría copias certificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para que sea entregada a las partes, una vez consignen los respectivos fotostatos.- Cúmplase.-
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente