En base a las razones antes expuestas, este JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por la ciudadana Dra. INGRID GUTIERREZ DE QUERALES, Juez Titular Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; en el juicio por prestaciones sociales incoado por MARÍA MILAGROS HERNÁNDEZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad número 3.225.510, contra de CORPORACIÓN ARCHIVOS MÓVILES (ARCHIMÓVIL C.A), sociedad mercantil constituida e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 23 de Agosto de 2001, anotada bajo el N° 77, Tomo 166-A Segundo.