III
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara con lugar la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos LAURA MARGARITA MATOS y JOSE PERFECTO ACOSTA, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.079.632 y V-6.024.031, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 13 de agosto de 1.975, por ante Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador, Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Agustín, conforme se evidencia en acta de matrimonio, anotada bajo el No. 104 de los Libros de Matrimonios llevados por ese ente público;
SEGUNDO: Se ordena par.....