Se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LUIS ENRIQUE GIL QUINTANA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 11.949, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSIBEL CECILIA GIL RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.332.698, contra el auto dictado en fecha 05 de agosto del 2010 por el Tribunal Séptimo (7mo) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección. SEGUNDO: Se REVOCA el auto dictado en fecha 05 de agosto del 2010 por el Juzgado Séptimo (7mo) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia considérese validas toados los actos y actuaciones procesales verificados hasta el momento anterior a la publicación del referido auto. TERCERO: Se ORDENA al Tribunal Séptimo (7mo) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de est.....