Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, incoara el ciudadano LEONARDO CABRERA GARCIA contra la ciudadana NEIDA JOSEFINA TORREALBA, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
En consecuencia, se condena a la parte demandada al desalojo del inmueble constituido por un apartamento de su propiedad distinguido con el N° 4, piso 2, del Edificio CABRERA, ubicado en la Urbanización La Nueva Caracas, Quinta Avenida, entre calle Argentina y Brasil, Parroquia Sucre de esta ciudad Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital, totalmente desocupado y libre de bienes y personas.
Conforme lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada.....