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Decisiones del dia 10/07/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP71-R-2015-000353 N° Sentencia : Fecha: 10/07/2015
Procedimiento:
Amparo Constitucional (Apelación)
Partes:
MANUEL FELIPE FERNÁNDEZ MARTÍNEZ CONTRA JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y INMOBILIARIA DOS PAN, S.R.L.,
Resumen:
De acuerdo con lo peticionado por la representación del tercero interviniente; y a los fines de una mayor precisión de lo decidido y que no existan puntos dudosos, se considera procedente la solicitud de aclaratoria formulada por la representante judicial de la tercera interviniente, con respecto a la sentencia dictada en fecha 26 de junio de 2015, en los siguientes términos: • Respecto al primer punto objeto de aclaratoria, se deja constancia que el lapso perentorio de suspensión de la ejecución de la sentencia definitivamente firme que ordenó la entrega material del inmueble objeto del juicio de resolución de contrato de marras, es de seis (6) meses contados a partir de la fecha del fallo dictado por ésta Alzada en la acción de amparo que nos ocupa, debiendo proseguirse con la ejecución una vez fenecido el mismo. • En relación al punto segundo objeto de aclaratoria, se precisa que los parámetros que se deberán considerar por el experto médico de institución privada o pública.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2015-000507 N° Sentencia : Fecha: 10/07/2015
Procedimiento:
Amparo Constitucional (Apelación)
Partes:
LABORATORIO CLÍNICO RESCARVEN, C.A CONTRA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BIOANALISTAS DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA
Resumen:
En razón de la facultad que detenta este Juzgador Constitucional para revisar la totalidad de este asunto, y por cuanto considera que se han vulnerado los derechos 49 y 112 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se declara parcialmente con lugar la apelación realizada por la parte accionada al haber quedado modificada en dos de los aspectos analizados ut supra y por tanto debe declararse ha lugar la acción de amparo constitucional ejercida, y a los fines de restablecer la situación jurídica infringida debe declararse la nulidad de la Circular N° 036 dictada en fecha 18 de de diciembre de 2014, emanada de la Junta Directiva del Colegio de Bioanalistas del Distrito Federal y estado Miranda, y así se dispondrá de manera positiva y precisa en la sección dispositiva de este fallo judicial y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE. VI DISPOSITIVO Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de .....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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