/T,U,U,H,/Este Tribunal Noven Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declaró las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus MANUEL GRANDE CASAS, quién fuera titular de la cédula de identidad número V-3.665.420, a sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, JESUS MANUEL GRANDE BOGGIO y SHIRLEY CAROLINA GRANDE CASAÑAS, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad No. V.-20.362.677 y V-13.114.617, respectivamente, y a su cónyuge ciudadana URSULA VIVINA BOGGIO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-6.023.746. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.