Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos: ZORELYS GRACIELA BLANCO GONZÁLEZ y JOSÉ JAVIER IZQUIERDO MONGES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V.-13.846.298 y V.-16.554.381 respectivamente, contraído en fecha cinco (05) de febrero de 2010, ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital