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Decisiones del dia 11/01/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2010-002055 N° Sentencia : Fecha: 11/01/2012
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
SANTA INOCENCIA TORRES CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL CONFECCIONES FRAMAN C.A.
Resumen:
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar la defensa de prescripción opuesta por la demandada. Segundo: Sin lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana Santa Inocencia Torres contra la Sociedad Mercantil Confecciones Framan C.A., partes suficientemente identificadas a los autos. Tercero: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las razones de hecho y de derecho sobre las cuales se basa la presente decisión, serán explanadas dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy.
Juez/Ponente:
Oswaldo Farrera
Organo:
Juzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-N-2011-000310 N° Sentencia : Fecha: 11/01/2012
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
ITALCAMBIO C.A.
Resumen:
En este sentido, este Juzgador observa en esta fase cautelar, sin que ello implique un pronunciamiento sobre el fondo del presente asunto, que no se aprecia de las actas indicio alguno que de manera contundente haga presumir la violación flagrante tanto del derecho al debido proceso como del derecho a la defensa de la empresa Italcambio C.A, por lo que resulta forzoso concluir que no se configura el requisito del fumus boni iuris, esto es, la presunción grave de violación de los derechos constitucionales denunciados como conculcados, resultando entonces innecesario el análisis del segundo de los requisitos, esto es, el periculum in mora, pues éste resulta determinable por la sola verificación del fumus boni iuris, y en consecuencia, se declara improcedente la solicitud cautelar de amparo constitucional interpuesta por la parte demandante. Así se decide.
Juez/Ponente:
Oswaldo Farrera
Organo:
Juzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
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