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DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar innominada de embargo preventivo decretada en fecha en fecha 13 de octubre de 2014 y ejecutada el 27 de enero de 2015, planteada por los abogados JOSE HENRIQUE D´APOLLO, GABRIEL DE JESUS GONCALVEZ y JOHANAN JOSE RUIZ SILVA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.308.173, 12.391.772 y 11.921.621, respectivamente, e inscritos en el lnpreabogado bajo los Nros. 19.692, 71.182 y 112.077, representantes judiciales de la sociedad mercantil INDUSTRIA LACTEA VENEZOLANA, C.A., (INDULAC).
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se mantiene la vigencia de la cautelar innominada decretada en fecha 13 de octubre de 2014 y ejecutada e.....