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Decisiones del dia 11/02/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2009-005353 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2010
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
OSÉ ANTONIO RAMOS DÁVILA VS INVERSIONES 101103, C.A., INVERSIONES 20.20 C.A., LOGISTICA BERNA C.A., CONTALFA C.A., NESTLÉ CADIPRO S.A. Y NESTLÉ DE VENEZUELA C.A.
Resumen:
este Tribunal observa que las partes codemandadas NESTLÉ CADIPRO S.A. y NESTLÉ DE VENEZUELA C.A.,le fue practicada la notificación en fecha 05-11-2009 y 13-11-2009, respectivamente y consignada por el ciudadano Alguacil en fecha 06-11-2009 y 16-11-2009, respectivamente, tal como consta a los folios 45 al 48,ambos inclusive del físico del expediente. Empero, desde dichas fechas hasta el día de hoy, han transcurrido tres meses aproximadamente, aspecto que hace que se configure la paralización de la causa, atendiendo a lo establecido por el Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº956 del 01 de junio de 2001 (caso Fran Valero González y Milena Portillo Manosalva de González), criterio que este Tribunal acoge como suyo; la cual señaló: "... Para que exista paralización, es necesario que ni las partes ni el Tribunal actúen en las oportunidades señaladas en la ley para ello, por lo que esta inactividad de los sujetos procesales, rompe la estadía a derecho de las partes, las desvincula.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2009-006473 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2010
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
JHON GERMAN HERNÁNDEZ VS GRUPO BASTET C.A.
Resumen:
Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: Se reconoce como fecha de ingreso el 02-01-2008, estando de acuerdo en la fecha de egreso y cargo señalado en el escrito libelar, y se reconoce como salario devengado el de Bs.F.2.400,00; la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de Bs.F.14.300,00 por los siguientes conceptos: antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades, bono nocturno, horas extras, domingos y feriados, intereses sobre prestaciones sociales. En este orden de consideraciones, las partes acuerdan materializar y recibir el pago el día 12-02-2010, por la cantidad de Bs.F.14.300,00, mediante cheque librado contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, ante la URDD, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida sin más nada que recla.....
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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