En el caso de Marras, se desprende, que el presente proceso trata de un juicio por ACCION MERO DECLARATIVA POR RECONOCIMIENTO DE LA UNION CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA MORALES MARTINEZ, a los fines de que se declare que existió una unión concubinaria entre ella y el ciudadano JUAN CARLOS MILANO OVIEDO, quien falleció el día 17 de mayo de 2.010, así como la conformación de los bienes muebles e inmuebles que fueron adquiridos durante dicha unión concubinaria, y por cuanto la Resolución No. 2009-0006, del 18 de Marzo del 2009, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el No. 39.152, en fecha 02 de Abril del 2009, no autoriza a los Juzgados de Municipio del Área Metropolitana de Caracas para conocer del presente asunto, es por lo que, este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer del presente juicio, en razón de la materia, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, DECLINA su co.....