DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, la Sala Seis Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación ejercido por la profesional del derecho Ana Beatriz Madrid Agelvis, en su carácter de defensora del ciudadano FRANCISCO LINARES ORELLANA, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de abril de 2008, mediante la cual condena al referido ciudadano, a cumplir la pena de trece (13) años de presidio, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple con error en la persona, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en relación con el artículo 68 ejusdem, con la agravante del artículo 217 de la Ley Or.....