Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción que por COBRO DE BOLIVARES (VIA ORDINARIA), incoó el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A, BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 26 de noviembre de 2002, bajo el Nº 35, Tomo 725-A Qto, y transformada en Banco Universal, en acta de Asamblea General de Accionistas, celebrada el día 30 de marzo de 2004, e inscrita en el Registro Mercantil en fecha 02 de diciembre de 2004, bajo el Nº 65, Tomo 1009-A, RIF; J-30984132-7, contra los ciudadanos JAVIER NAPOLEÓN VILLAMEDIANA MORENO y ISABEL SERENO DE VILLAMEDIANA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, domiciliados en Valencia, Estado C.....