En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por la Jueza MILAGROS COROMOTO JIMENEZ, actuando en su carácter de Juez del Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de septiembre de 2010, en el juicio incoado por el ciudadano CARLOS ARTURO QUIROZ CARDENAS contra HOTEL AVILA, C. A. Notifíquese por oficio a la Jueza inhibida.