Se declara la NULIDAD de todo lo actuado en el presente juicio desde el día 21-2-2007, (inclusive) fecha en la cual se acordó la citación por carteles de la demandada, con la consecuente REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de citación de ésta, debiendo previamente librarse oficio al SAIME a fin de ratificar el oficio que le fuera remitido el 17-4-2006. Por cuanto la presente decisión se dicta fuera de lapso, se ordena notificar a la parte actora, en el domicilio procesal constituido en autos, (vto folio 3 del libelo de demanda), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el 251 eiusdem. Dado el carácter repositorio del presente fallo, no ha lugar a costas.