DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 26, 49 y 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela, los Artículos 12, 242, 243 y 720 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de CONSIGNACIÓN DE CANÓN DE ARRENDAMIENTO, presentada por el ciudadano RAUL JOSE PEREZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V- 11.011.613, en su carácter de director de la Sociedad Mercantil "FERRETERIA PERGAR 2006, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil VII (7mo) de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 28 de abril de 2006, bajo el Nro. 31, Tomo: 604-A-VII; por los fundamento.....