Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por vencimiento de la prórroga legal, interpuesta por los ciudadanos NANCY CHAMORRO TOVAR y NÉSTOR ADOLFO CHIRINOS contra la ciudadana FILOMENA LIDUEÑA BELTRÁN, antes identificados. En consecuencia, se condena a la demandada a hacer la ENTREGA MATERIAL, a la parte actora, del siguiente bien inmueble: apartamento No. 61, ubicado en piso 6 del Edificio Residencias Los Ruices, situado en la Avenida Francisco de Miranda, zona conocida como Boleíta, jurisdicción del Municipio Leoncio Martínez del Distrito Sucre del Estado Miranda, libre de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.
No hay condenatoria en costa.....