Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por los ciudadanos RAMON ANTONIO ROA CHACON Y RICHARD ANTONIO QUINTERO MEDINA, venezolanos, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. 10.548.685 y 17.510.045, respectivamente, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, en contra de las empresas CORPORACION JENS JENSEN & ASOCIADOS, C.A. Y ASOCIACION COOPERATIVA TEXTIL J.F. TRAB, R.L., condenándose a los codemandados, a pagar a la actora la cantidad de Bs. 92.016,90, más lo que resulte como consecuencia de los intereses sobre prestaciones sociales, de mora y corrección monetaria que se ordenan a practicar en el prese.....