Por las razones expuestas, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 14 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos ALFREDO HENRIQUE LOSADA BERMUDEZ y MIREYA COROMOTO QUEVEDO PACHANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.109.730 y V-5.972.830, respectivamente, y consecuentemente queda DISUELTO el vínculo matrimonial entre los mismos, contraído en fecha 30 de agosto de 1988, por ante el extinto Juzgado Tercero de Parroquia del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Duodécimo de Municipio).
Respecto a la Patria Potestad, Responsabil.....