Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARIA ELEONORA MORENO GERGUSSON, en su condición de víctima, contra la decisión de fecha 13 de diciembre de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa seguida en contra del ciudadano EMILIO ANTONIO MORENO FERGUSSON, de conformidad con lo establecid.....