IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional ADMITE la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la abogada Xiomary Castillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.750, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Juana María Arcia, titular de la cédula de identidad Nº 6.651.962, interpone acción de Amparo Constitucional de conformidad con lo previsto en los Artículos 1, 2, 5 (primer párrafo), 7 y 13 de la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concordancia con los Artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra la empresa "PLASTICOS JOROPO, S.A. (PLAJOSA), por la negativa a dar cumplimiento a la Providencia Administrativa Nº 0837/2009, del veintitrés (23) de noviembre de dos mil nueve (2009), d.....