Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes entre los ciudadanos HENRY JOSE BRICEÑO y BARBARA NATALY CARMONA ABREU, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. V.-9.322.920 y V.-12.685.650, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador, Distrito Capital, en fecha 13 de noviembre de 2008, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº. 134, consignada por los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes.-