REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, doce de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AH13-X-2006-000004
Vista la diligencia suscrita en fecha 04 de junio del año 2009, por el abogado en ejercicio JOSÉ ÁNGEL SALAVERRIA ALEXIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.264, quien actúa en su propio nombre y representación, mediante la cual manifiesta que la parte demandada ha cancelado en su totalidad el convenio realizado y solicita la suspensión de la medida.
En consecuencia, el Tribunal SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Despacho en fecha 21/03/2006 y participada a la oficina de registro correspondiente con oficio Nº 8.388 de la misma fecha, sobre el bien inmueble que se identifica a continuación:
"Un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el núme.....