Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los cónyuges, ciudadanos: ERASMO ANTONIO ESCALONA y AURA COINTA MARQUEZ CASANOVA, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 24 de agosto de 1963, por ante el Registro Civil del Consejo Municipal del Distrito Capital