Se dicto sentencia definitiva mediante la cual se declaro DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos CARLO MORANDO y MORAIMA DEL CARMEN FERMIN OSORIO, el 13 de noviembre de 1996, en la Prefectura Civil del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, asentada bajo el acta Nº 328, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho en el año 1996.
De conformidad a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, en concordancia con el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena librar oficios al Registrador Civil del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, al Registro Principal Civil del Estado Anzoátegui, ambos con sede en Barcelona y a la Oficina Regional de Registro Civil (Estado Anzoátegui) del Consejo Nacional Electoral (CNE), adjunto a copia certificada de la presente decisión, una vez que quede firme y ejecutoriada y cualquiera de los interesados consigne las copias respectivas para su certificación, las cuales se ordena e.....