Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 30 de mayo de 2011 por el abogado MANUEL SALAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de mayo de 2011, oída en un solo efecto por auto de fecha 06 de junio de 2011, con motivo de la incidencia surgida en el juicio incoado por la ciudadana LUZ MARÍA MOSQUERA LUGO en contra del CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA, FONBIENES, C.A. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida que dec.....