Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la rectificación del acta de nacimiento solicitada por el ciudadano Víctor Wilfredo Gil Vargas, plenamente identificado en autos; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: Donde se lee "me ha sido presentado en este Despacho un niño varón por: Margot Vargas de Gil, quien dice ser su madre", debe leerse: "me ha sido presentado en este Despacho un niño varón por: Ascensión Margarita Vargas de Gil", como real y legalmente corresponde.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia .....