Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos MARYI IBANOVA HERRERA BARRAY y LUIS BAUDILIO BAUTE CALDERIN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.034.318 y V-15.205.809, respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y decretada por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de septiembre del año dos mil doce (2012), en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha el día nueve (9) de julio del año dos mil ocho (2008), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital.